Los siete países signatarios del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT) concluyeron la suscripción del Octavo Protocolo ATIT, cuyo objetivo es modernizar y agilizar las disposiciones aduaneras del transporte internacional terrestre mediante herramientas digitales.
El nuevo Protocolo ATIT impulsa la digitalización del Manifiesto de Carga y agiliza el tránsito aduanero terrestre
• El nuevo protocolo sustituye íntegramente el Anexo I (“Aspectos Aduaneros”) e introduce la digitalización del Manifiesto Internacional de Carga (MIC/DTA), permitiendo su registro y transmisión por medios informáticos.
(11/Nov/2025 – web – Panama24Horas.com.pa) Montevideo, Uruguay.- Con la firma de Perú, los países Partes del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT) concluyeron la suscripción del Octavo Protocolo ATIT Adicional al Acuerdo, mediante el que se sustituye íntegramente el Anexo I denominado “Aspectos Aduaneros”. Los países signatarios del ATIT incluyen Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay.
El principal objetivo del nuevo Protocolo ATIT es modernizar las disposiciones aduaneras aplicables a las operaciones de transporte internacional terrestre de mercancías y personas. La medida busca agilizar los procedimientos, incorporar tecnologías digitales y fortalecer la cooperación aduanera regional entre los países signatarios.
Principales modificaciones introducidas
El nuevo Protocolo introduce modificaciones significativas destinadas a facilitar el comercio y asegurar las operaciones de Tránsito Aduanero Internacional (TAI):
• Digitalización de Documentos: Se introduce la digitalización del documento “Manifiesto Internacional de Carga/Declaración de Tránsito Aduanero (MIC/DTA)”, que ampara las mercancías bajo el régimen TAI. Este documento podrá ser registrado, transmitido y refrendado mediante el uso de medios informáticos.
• Ampliación del Ámbito: Se amplía el ámbito de aplicación del Anexo Aduanero, incluyendo ahora el transporte de mercancías provenientes o destinadas a terceros países que no son signatarios del Acuerdo.
• Gestión de Riesgo: Las autoridades aduaneras implementarán la aplicación de criterios de selectividad basados en análisis de riesgo. Además, se facilitará la implementación de declaraciones anticipadas, el uso de herramientas informáticas y precintos electrónicos para asegurar las operaciones TAI.
• Garantías: Se establece la posibilidad de sustituir la garantía constituida por los vehículos de las empresas autorizadas por garantías formales para realizar el transporte internacional.
El ATIT es el acuerdo marco que regula el mercado de transporte internacional terrestre, tanto carretero de mercancías y personas, como ferroviario de mercancías, entre los países signatarios, reconociendo este servicio como de interés público y esencial para la integración regional.
Más detalles en: Aladi.org

















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