Baja cantidad de quejas contra colegios particulares refleja cumplimiento de obligaciones, según Acodeco

Baja cantidad de quejas contra colegios particulares refleja cumplimiento de obligaciones, según Acodeco
Baja cantidad de quejas contra colegios particulares refleja cumplimiento de obligaciones, según AcodecoAcodeco

Con apenas ocho reclamaciones en lo que va del año, la Acodeco resalta que la mayoría de los colegios particulares están cumpliendo con las normativas establecidas para la prestación de sus servicios educativos.

Acodeco reporta pocas quejas contra colegios particulares en 2024

(3/Sep/2024 – Panama24Horas web) Panamá.- La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) informó que de enero a julio de 2024 se han registrado únicamente ocho quejas contra colegios particulares en su Tablero de Quejas, sumando un total de B/.3,601.35. Este bajo número de reclamaciones es un indicador de que la mayoría de los colegios privados en Panamá están cumpliendo con sus obligaciones y normativas establecidas.

Las quejas recibidas por la Acodeco durante este período han abarcado varios aspectos: tres casos fueron por falta de información, sumando B/.1,325.00; dos quejas se debieron a cláusulas abusivas en los contratos, con un monto de B/.1,921.35; otras dos reclamaciones correspondieron a la devolución de dinero por B/.235.00; y un caso fue por incumplimiento de servicio, por un valor de B/.120.00.

Es importante resaltar que, aunque el Ministerio de Educación (Meduca) es la entidad regente en materia educativa, los colegios particulares operan como proveedores de servicios, al igual que cualquier otro establecimiento comercial, y como tal, tienen obligaciones ante los consumidores, que en este caso son los padres de familia o acudientes. Estos centros educativos deben contar con un aviso de operación del Ministerio de Comercio e Industria, que detalla la actividad económica a la que se dedican.

En cumplimiento de la Ley 45 de 2007, los colegios particulares, al ser proveedores de servicios, están obligados a respetar los derechos de los consumidores. Ante el proceso de matrículas en los colegios privados, la Acodeco recordó que el Decreto N.º 601 del 9 de julio de 2015 establece que cualquier cambio en los costos de matrícula, uniformes, útiles escolares o anualidad debe ser previamente propuesto y comunicado a los padres de familia y al Meduca. Esta convocatoria debe hacerse por escrito, especificando la fecha, lugar y hora de la reunión en la que se presentarán las justificaciones y estudios técnicos que respalden el aumento de costos.

Durante esta fase, la Dirección Regional de Educación, a través del coordinador de Educación Particular de la región escolar correspondiente, tiene la responsabilidad de mediar y propiciar un acuerdo entre las partes interesadas.

Acodeco subrayó que los padres de familia tienen derecho a ser informados con seis meses de antelación sobre cualquier incremento en los costos, asegurando así que los aumentos no se apliquen de manera unilateral o sin justificación. Además, recordó que según un fallo de la Corte Suprema de Justicia, los colegios particulares no tienen derecho a interrumpir el proceso de aprendizaje de un estudiante debido a la mora financiera de los padres.

Para la Acodeco, es fundamental que los padres de familia conozcan sus derechos como consumidores de un servicio educativo privado y que cualquier situación que afecte el proceso de enseñanza-aprendizaje del menor debe ser resuelta por el Meduca, y no por la entidad de protección al consumidor.

La Acodeco informó además, que continuará monitoreando el cumplimiento de los colegios particulares y exhorta a los padres de familia a presentar cualquier queja o reclamo que consideren pertinente, asegurando así la protección de sus derechos como consumidores.

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