Estamentos de Seguridad unen esfuerzos para garantizar la seguridad en las instalaciones portuarias

Estamentos de Seguridad unen esfuerzos para garantizar la seguridad en las instalaciones portuarias

El objetivo de estas reuniones que se realizan periódicamente y en la que participan estamentos de seguridad es el de prevenir, controlar y minimizar los efectos de incidentes o sucesos que afecten la seguridad marítima y portuaria o que pudieran lesionar o causar pérdidas de vidas y/o daños materiales.

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(24/May/2021 – web) Panamá.- Con el propósito de velar por el fiel cumplimiento de las normas sobre protección y seguridad portuaria, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) a través de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, realizó la reunión del Comité de Protección Portuaria (CPP) en donde participaron representantes de las entidades que lo conforman como lo son: Autoridad Nacional de Aduanas (ANA), Autoridad del Canal de Panamá (ACP), Consejo de Seguridad Nacional (CSN), Policía Nacional de Panamá (PN), Servicio Nacional Aeronaval (SENAN), Servicio Nacional de Migración, Servicio Nacional de Fronteras (SENAFRONT) y Ministerio de Seguridad Nacional (MINSE) como invitado.

El objetivo de estas reuniones que se realizan periódicamente y en la que participan estamentos de seguridad es el de prevenir, controlar y minimizar los efectos de incidentes o sucesos que afecten la seguridad marítima y portuaria o que pudieran lesionar o causar pérdidas de vidas y/o daños materiales.

Recae sobre el Departamento de Protección Portuaria de la AMP, la ejecución de las regulaciones del Código PBIP (Protección de los buques y de las instalaciones portuarias) e implementación de esta normativa sobre las instalaciones portuarias que reciban naves en servicio internacional, por lo cual, el Comité de Protección Portuaria (CPP), colabora en asesoría y consultoría en las reuniones de grupos de análisis en las siguientes actividades:

1- Analizar la información que se reciba de los diferentes estamentos de seguridad del Estado que involucre la protección y seguridad de los puertos de la República de Panamá.

2- Colaborar con la Autoridad Marítima de Panamá en la supervisión, ejecución y desarrollo de las regulaciones del capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, que adopta el Código Internacional para la Protección de Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP e ISPS en sus siglas en inglés).

3- Colaborar en el intercambio de información a través medios electrónicos u otros instrumentos legales disponibles; de conformidad a los reglamentos internos aplicables a las instituciones participantes.

4- Desarrollar procedimientos y acuerdos de cooperación entre las Instituciones en materias de protección de las instalaciones portuarias y de los puertos.

5- Dar recomendaciones a la Autoridad Marítima de Panamá, para la protección de las instalaciones portuarias y de los puertos.

6- Colaborar en la programación y desarrollo de los ejercicios y prácticas en materia de protección en las instalaciones portuarias y los puertos.

7- Cualquiera otra función directamente relacionada con la protección de las instalaciones portuarias que la Autoridad Marítima de Panamá determine.

El Comité de Protección Portuaria se crea bajo la Resolución JD No. 009-2005 de 29 de julio de 2005, para colaborar con la Autoridad Marítima de Panamá, en la ejecución de las regulaciones del Capítulo XI-2/10 del Convenio SOLAS, que adopta el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias – Código PBIP (ISPS por sus siglas en inglés).

Fuente/Foto: AMP

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