El Ministerio de Educación de Panamá informó sobre el proceso de selección y nombramiento de directores y subdirectores regionales de las 16 regiones escolares del país, conforme al Decreto Ejecutivo Nº 107 de 2024.
Los aspirantes a los cargos de Director y Subdirector regional deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 47 de 1946, reteró el Meduca
(4/Jul/2023 – web) Panamá.- El Ministerio de Educación (Meduca) anunció el procedimiento para la selección y nombramiento de los directores y subdirectores regionales de educación de las 16 regiones escolares del país, conforme al Decreto Ejecutivo Nº 107 de 3 de julio de 2024. Este proceso se realizará mediante un concurso nacional.
Es responsabilidad del Meduca suplir las vacantes de director y subdirector regional de educación, basándose en el artículo 44 de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación. Es esencial establecer procedimientos eficaces, transparentes y expeditos que garanticen la selección y el nombramiento de los mejores profesionales de la educación, con las competencias necesarias para desempeñar eficientemente sus responsabilidades y mejorar el servicio educativo en las regiones escolares del país.
Para concursar, ser seleccionado y nombrado en los citados cargos, el aspirante debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 43 de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación.
El concurso nacional se dividirá en seis etapas: convocatoria, apertura, postulación, evaluación de candidaturas, determinación de elegibles y certificación de temas y selección.
La convocatoria se realizará mediante un comunicado que será publicado en la plataforma educativa durante cinco días. En este se indicará la fecha de apertura, los requisitos, los documentos que deben aportar los concursantes, el perfil que deben reunir, el período de presentación de candidaturas y cualquier otra información necesaria para el desarrollo eficiente del concurso.
Los aspirantes deberán presentar su candidatura durante la etapa de postulación, la cual tendrá un espacio de cinco días hábiles y comenzará el siguiente día laboral a la última publicación de la apertura del concurso.
La Dirección Nacional de Recursos Humanos verificará los documentos aportados por cada concursante. Durante esta fase, se determinará si el aspirante cumple con los requisitos establecidos en las normas vigentes. Este despacho rechazará la postulación de los concursantes que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 43 de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, así como aquellos que no hayan adjuntado toda la documentación exigida en el artículo 9 de este Decreto Ejecutivo.
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