Estas son las Medidas que la Alcaldía de Panamá estableció para la celebración de las Fiestas Patrias 2017

Estas son las Medidas que la Alcaldía de Panamá estableció para la celebración de las Fiestas Patrias 2017

La alcaldía de Panamá faculta a las corregidurías de turno (Curundú, Pueblo Nuevo y Tocumen), los días 3 y 4 de noviembre, a la Policía Nacional, a los Inspectores Municipales y Vigilantes Municipales para el efectivo cumplimiento de las normas establecidas en el Decreto número 21-2017 de 27 de octubre de 2017.

(3/11/2017 – web) Panamá.- La alcaldía de Panamá a los fines de garantizar la seguridad de la ciudadanía, estableció una serie de medidas para que la ciudadanía pueda disfrutar en armonía de los actos cívicos y patrióticos en homenaje a la Patria. En ese sentido mediante el Decreto Alcaldicio número 21-2017 de 25 de octubre de 2017, prohíbe entre otras, las siguientes:

  • La venta y consumo de bebidas alcohólicas en la ruta establecida para los desfiles patrios durante los días 3 y 4 de noviembre, así como los ubicados en las áreas aledañas al mismo.
  • El ejercicio de la buhonería, durante los días 3 y 4 de noviembre, en las zonas de los desfiles, requiere de permiso especial expedido por la Alcaldía de Panamá, previa coordinación con el Ministerio de Educación en cuanto a la asignación de espacio. Las personas que no cuenten con el permiso serán sancionadas y se ordenará el retiro del área de los desfiles y la retención de la mercancía.
  • Se prohíbe el uso de fogones y tanques de gas a lo largo de la ruta del desfile.

Para las actividades que generen ruido de manera temporal, emitidos por equipos de sonido y audio, con motivo de las fiestas patrias se establece el siguiente horario especial:

  1. Actividades de carácter comercial, recreativo, social o benéfico que genere ruido de manera temporal, viernes 3 y sábado 4 de noviembre, entre las 6 de la mañana y las 4 de la tarde; domingo 5 de noviembre entre las 6 de la mañana y las 3 de la tarde; viernes 10 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche; martes 28 de noviembre entre las 5 de la mañana a las 11:59 de la noche.
  2. Celebraciones, reuniones o actividades familiares, recreativas o sociales que generen ruido temporal, viernes 3 y sábado 4 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 12 de la madrugada; domingo 5 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche; viernes 10 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche; martes 28 de noviembre entre las 6 de la mañana a las 11:59 de la noche.

El anterior horario no se aplica a las dianas que se realicen para rendir tributo a la Patria, siempre y cuando no empleen ninguna clase de equipos de audio y sonido para generar ruido.

Las dianas que se organicen en locales o establecimientos comerciales o en espacios públicos deben contar con el permiso de la Alcaldía de Panamá. Las personas que organicen dianas sin contar con el permiso serán sancionadas y se procederá a la suspensión inmediata de la actividad.

Están habilitados los corregidores de Pedregal, Chilibre, Las Mañanitas y Pacora el día 3 de noviembre y los corregidores de Betania, Ernesto Córdoba Campos, San Felipe y Calidonia el día 4 de noviembre en horario de 9 de la mañana a 6 de la tarde para coadyuvar en la conservación del orden público en la ruta de los desfiles.

Fuente/Foto: MUPA

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