Más de 290 mil empresas podrían ser disuletas por morosidad mayor a 10 años

Más de 290 mil empresas podrían ser disuletas por morosidad mayor a 10 años

Esta lista incluye a 290,534 personas jurídicas, de las cuales 288,531 son sociedades anónimas, 1,545 son fundaciones y 354 son sucursales o agencias de sociedades extranjeras. De igual forma, están obligadas a asistir ante la DGI para darse por notificada.

(5/5/2016 – web) La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy en la Gaceta Oficial 28023-B la lista de las empresas que mantienen morosidad por diez años en el pago de la Tasa Única, actualizada al 1 de abril de 2016, con la finalidad de que se pongan al día con los impuestos adeudados al fisco.
Esta lista incluye a 290,534 personas jurídicas, de las cuales 288,531 son sociedades anónimas, 1,545 son fundaciones y 354 son sucursales o agencias de sociedades extranjeras.
La lista publicada también está disponible en la página web de la DGI desde hace varios meses, como el primer paso dado por la administración tributaria con el propósito de que las personas jurídicas acudieran a saldar sus cuentas fiscales y eviten así la cancelación por parte del Registro Público.
“No todas las empresas que están en esta lista serán necesariamente disueltas. Por el no pago de la tasa única en 10 años o más, la Ley contempla que pueden ser disueltas, pero esto podría evitarse si las empresas actúan saldan sus deudas con el fisco, lo que incluye tasas, intereses y multas”, informó el Director General de Ingresos, Publio Cortés.
Este proceso incluye tres etapas:
• La primera es la de publicación de la lista por parte de la DGI, fase que ya está cumplida con la Gaceta Oficial 28023-B del 4 de mayo de 2016.
• En la segunda etapa, el Registro Público decreta a la persona jurídica morosa en estado de inactividad transitoria por tres años, periodo en el cual los interesados pueden rehabilitar a la empresa si pagan sus tasas, intereses y multa.
• Y en la tercera etapa, en caso de que se mantenga la morosidad, el Registro Público puede proceder con la cancelación.
Además, las personas jurídicas que aparecen en la lista deberán comparecer a notificarse personalmente o por medio de apoderado especial en la sede de la DGI, ubicada en la Avenida Balboa y Calle 41 Bella Vista, donde se encuentra la Caja de Ahorros, sexto Piso, Sección de Notificaciones.
Fuente/Foto: MEF

Deja un comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos estan marcados con *

Cancel reply

Opinión


330x2801

Últimas Noticias

Deportes