Pagarán intereses de décimos adeudados durante los años 70 y 80

Pagarán intereses de décimos adeudados durante los años 70 y 80

La legislación destina al Banco Nacional de Panamá como el agente de pago y al Ministerio de Economía y Finanzas como la institución que definirá el vencimiento final de los CEPANIM.

(27/Oct/2022 – web) Panamá.- Con efectos retroactivos, como lo prevé el proyecto de Ley 727 refrendado en tercer debate, los trabajadores públicos y del sector privado se les reconocerá finalmente el pago de los intereses por mora producto de la retención de la segunda partida del décimo tercer mes durante los años 1972 a 1983.

El proyecto de Ley 727 ordena el pago de los intereses por mora como derecho derivado de la retención de la segunda partida del Décimo Tercer Mes de los años 1972 a 1983 a los servidores públicos y trabajadores del sector privado que laboraron durante este periodo.

Este marco legal, que fue objetado por el Ejecutivo, autoriza a la Contraloría General a expedir documentos negociables nominativos denominados Certificados de Pago Negociables por el Interés por Mora (CEPANIM), títulos valores que no son gravables ni embargables, y podrán ser transferidos por endoso constituyéndose el cesionario en tenedor de este.

La legislación destina al Banco Nacional de Panamá como el agente de pago y al Ministerio de Economía y Finanzas como la institución que definirá el vencimiento final de los CEPANIM.

Fuente/Foto: Asamblea Nacional

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