Comunicado de la Presidencia de la República de Panamá sobre falsas acusaciones al SPI

Comunicado de la Presidencia de la República de Panamá sobre falsas acusaciones al SPI

COMUNICADO

(21/Abr/2021 – web) Panamá.- El Servicio de Protección Institucional (SPI), adscrito al Ministerio de la Presidencia ha sido objeto de falsas acusaciones por el abogado JUSTINO GONZALEZ, en los medios de Comunicación Social y en las Redes Sociales, el cual, ha expresado señalamientos con calificativos que rayan en lo calumnioso e injurioso, al afirmar que el señor Director General del SPI, Comisionado JULIO CESAR JEAN LOUIS, ha ejecutado actos con “Desviación de Poder”, al emitir el traslado de treinta y seis (36) unidades a la Policía Nacional, con el visto bueno del señor Vice Ministro CARLOS GARCIA MOLINO, sin contar éste con facultad para ello, afirmación que constituye una total infamia, toda vez que mediante Resolución No. 171 de 16 de septiembre de 2019, el señor Presidente de la República, Delega en el señor Viceministro y al Director Administrativo del Ministerio de la Presidencia, la firma de todos los actos administrativos de personal y de apoyo socioeconómicos del Servicio de Protección Institucional.

Otro precepto legal, que echa por tierra, las afirmaciones del Abogado GONZALEZ, lo constituye el Decreto Ejecutivo No. 172 de 10 de junio de 2019, en la Sección 5ta., específicamente en el artículo 93, el cual, establece que el Órgano Ejecutivo podrá autorizar el traslado de miembros del Servicio de Protección Institucional a otra institución de seguridad pública, por solicitud de directores de turnos en el ejercicio del cargo, manteniendo el mismo rango o su equivalente, con todos los derechos establecidos por ley.

En cuanto a la afirmación hecha por el abogado GONZALEZ que, dentro de los trasladados, se encontraba el Capitán MIGUEL ELIAS QUINTERO, quien falleciera de covid-19 y que tanto, ni el Servicio de Protección Institucional, ni la Policía Nacional pagaron el sepelio de la mencionada unidad, a lo cual, le podemos indicar que, a través del Servicio de Protección Institucional, se le tramitó el pago del seguro de vida por la suma de B/. 35,000.00, hecho a los familiares (esposa, madre e hijos) del Capitán Quintero (q.e.p.d.), lo que incluía el pago de los servicios funerarios correspondientes. Inclusive su temeridad va más allá de la sana crítica y la lógica común, al imputarle por negligencia, la responsabilidad del fallecimiento de dicha unidad, al Director General del SPI y al señor Vice Ministro del Ministerio de la Presidencia.

Igual falacia, es lo señalado por el precitado abogado, consistente en que las unidades trasladadas, se encuentran en una laguna jurídica administrativa, ya que no son reconocidos, ni como agentes del SPI, ni de la Policía Nacional, lo que constituye una afirmación temeraria, ya que todas las unidades trasladadas a la Policía Nacional, o viceversa al SPI, se mantienen con todos sus derechos adquiridos, salario, sobre sueldos, rango, ascensos y jubilaciones que han sido mantenidos y respetados hasta la fecha.

Como colofón podemos señalar que las afirmaciones efectuadas por el abogado JUSTINO GONZALEZ, constituyen afirmaciones que contienen presuntos calificativos calumniosos e injuriosos al imputarle actuaciones punibles en grado de negligencia y la ejecución de actos abusivos revestidos de ilegalidad, tanto al Director General del SPI, como al señor Vice Ministro del Ministerio de la Presidencia, lo que devenga una conducta totalmente contraria a derecho y a lo establecido en la Ley No. 9 de 18 de abril de 1984, reformada por la Ley No. 8 de 16 de abril de 1993, que regula el Ejercicio Profesional de la Abogacía.

Fuente/Foto: Presidencia de la República de Panamá

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