Acodeco atiende denuncias sobre publicidad

Acodeco atiende denuncias sobre publicidad

De enero a diciembre de 2022, se impusieron 75 multas en primera instancia con una cuantía total de B/.36,150.00, por casos de veracidad de la publicidad.

Acodeco atiende denuncias sobre publicidad

Acodeco atiende denuncias sobre publicidad

(4/Ene/2023 – web) La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) mediante su Sección de Veracidad de la Publicidad, verifica las denuncias que presentan los consumidores sobre distintos anuncios, para comprobar si se ajustan a lo pautado.

Por ejemplo, se presentó el caso de un gimnasio que promovió una fecha de apertura, la cual ha cambiado en varias ocasiones y en su último anuncio lanzaron una preventa, lo que un consumidor considera que es una publicidad engañosa por los constantes cambios sin aviso. Además, los que separaron un cupo deben ir a otro lado para usar el servicio.

Durante la verificación de esta denuncia, los funcionarios constataron que no se observó anuncio alguno, y el encargado manifestó que en este mes se daba la apertura. Por lo que se levantó el respectivo expediente y remitido al Departamento de Investigación al Consumidor.

Situaciones como la anterior, referente a la publicidad, se presentan a través del Sistema de Información y Denuncia Institucional (Sindi), plataforma virtual de la Acodeco, que funciona las 24 horas los 7 días, y el acceso es mediante el WhatsApp y Telegram al 6330-3333, las cuentas de las redes sociales AcodecoPma en Facebook, Twitter y la página web de esta institución.

La mayoría de los casos se presentan anónimamente, y se refieren a algunas anomalías que se han dado en diferentes situaciones, que son de competencia de esta institución. De enero a diciembre de 2022, se impusieron 75 multas en primera instancia con una cuantía total de B/.36,150.00, por casos de veracidad de la publicidad.

Es importante destacar que, los anuncios son responsabilidad de cada agente económico y, por ende, deben dar al consumidor lo ofrecido en las condiciones anunciadas.

La Ley 45 de 2007, en su artículo 58 señala entre otras cosas, que todo anuncio o aviso publicitario deberá ajustarse a la verdad, cuidando el anunciante de que no se tergiversen los hechos y que el anuncio o la publicación no induzca a error o confusión. Se entiende por publicidad engañosa aquella que refiere características o información relacionada con algún bien, producto o servicio, que inducen a error o confusión por la forma inexacta, limitada, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.

Fuente/Foto: Acodeco

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2 Comments

  • Nirys Gómez
    17/10/2023, 6:57 pm

    El Machetazo de San Miguelito tiene una publicidad engañosa en su catalogo de juguetes y estamos, acabo de ir a comprar una bicicleta qué el el catalogo de ellos que aparece en instagram sale en 149.99 en oferta y ponen arriba en grande abona o compra con el 20% de descuento cuando vas haya te dice que la bicicleta esta en 189.99 y que ya tiene rebaja a 149.99 y que el 20% no aplica, pero eso no es lo que tienen en su catalogo de juguetes.

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    • Javier Parada@Nirys Gómez
      18/10/2023, 6:01 pm

      Buen día Nirys, le recomendamos reportar su denuncia a través de Sindi (Sistema de Información y Denuncia Institucional), está operativo las 24 horas del día. También puede formular su denuncia mediante el WhatsApp y Telegram 6330-3333, las cuentas de las redes sociales AcodecoPma en Facebook, Twitter, y la página web de la Acodeco
      Esperamos le sirva esta información, gracias por utilizar nuestro P24H Ecosysem

      REPLY

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