​​​Acodeco orienta a comerciantes sobre la implementación de la ley que prohíbe plásticos de un solo uso

​​​Acodeco orienta a comerciantes sobre la implementación de la ley que prohíbe plásticos de un solo uso

Dicha ley dispone distintos períodos de implementación por productos, siendo los primeros siete en salir a partir del 1 de julio: hisopos plásticos para el oído, cobertores de plásticos para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cocktail de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.

(27/May/2021 – web) Panamá.- ​A partir del 1 de julio de 2021, entra en vigencia la prohibición de comercialización de siete productos de plástico de un solo uso, de acuerdo a la Ley 187 de 2020. Para tal fin, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) orientará a los agentes económicos sobre los productos prohibidos en la primera fase de implementación.

Dicha ley dispone distintos períodos de implementación por productos, siendo los primeros siete en salir a partir del 1 de julio: hisopos plásticos para el oído, cobertores de plásticos para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cocktail de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.

Locales comerciales como lavanderías, supermercados, abarroterías, minisúper, farmacias, restaurantes y comercios en general que vendan globos, sección de hogar y bebidas son los que principalmente iniciarán en el reemplazo progresivo de los plásticos de un solo uso. Todos estos artículos deben ser reemplazados por materiales reciclables, desechables, biodegradables o compostables (distintos al plástico).

La Acodeco está facultada para imponer las sanciones correspondientes, velando por la no comercialización de los productos de plástico de un solo uso conforme el artículo 9 de la mencionada ley.

Corresponde al Ministerio de Ambiente, la fiscalización de la implementación del Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Plástico de un solo uso. Igualmente le compete la reglamentación de la ley, donde se establecerá la tipificación de las faltas.

Cabe destacar, que a partir del 1 de julio de 2022 quedará prohibida la comercialización de tres productos: empaques plásticos para huevos, revolvedores de plásticos desechables y platos plásticos desechables. Y a partir del 31 de diciembre de 2023, los carrizos plásticos.

Fuente/Foto: Acodeco

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