Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional evalúa ratificaciones de Directivos en Instituciones Públicas
- Panamá
- 29/04/2024
Los productos incluidos abarcan fórmula para niños de 1 a 5 años, pasta de dientes, papel higiénico, jabón de baño, toallas sanitarias, desodorante personal, cloro, preparaciones y conservas de pescado, harina de trigo, crema de maíz, hojuelas de maíz, ajo y alcohol desnaturalizado, entre otros.
Se detectó que un agente económico incumplía con el Decreto Ejecutivo N° 1 del 18 de enero de 2023, sobre el control de precios de los 18 productos de la canasta básica de alimentos
Las multas por incumplimiento de estos márgenes de comercialización, desde marzo del año 2020 a la fecha, fueron el principal motivo de las sanciones impuestas, en primera instancia de la Acodeco. Se impusieron 1,635 multas por un valor total de B/.2, 300,381.
La Acodeco verifica que se cumplan los márgenes de comercialización establecidos del 15% para mascarillas desechables y del 23 % para los otros 10 productos
-En productos más usados por pandemia-
El Ministerio de Salud estima necesario mantener las medidas de mitigación del Covid-19, por lo que la Acodeco consideró que estos 11 productos continuarán teniendo alta demanda en la población y recomendó prorrogar la vigencia de este decreto.
Los agentes económicos con mayor monto de multas son los supermercados (43 por B/. 118,125.00); los minisúper (149 multas por B/. 107,250.00); almacenes (32 por B/. 59,500.00); farmacias (53 por B/.59,500.00).
Cabe señalar que los agentes económicos, al momento de la verificación, que no posean las facturas de los artículos mencionados en el párrafo anterior, tendrán cinco días hábiles para su debida presentación vía correo electrónico, tal como lo establece la Resolución No. A-030-2020, de 13 de julio de 2020.
El Decreto Ejecutivo 114 de 13 de marzo de 2020 fijó el margen bruto de venta en toda la cadena de comercialización en la República de Panamá de 11 artículos de aseo personal, limpieza y consumo, de primera necesidad y se adoptaron otras disposiciones para su adecuada implementación.
Los márgenes de comercialización establecidos son del 15% para mascarillas desechables y del 23 % para los otros 10 productos
Los inspectores de la Acodeco, debidamente identificados con su carné vigente, son los encargados de aplicar estas boletas, cuyos montos de multas consignadas serán hasta de B/.10,000.00